El Régimen Especial de Empleados de Hogar ha cambiado por completo al incluirse como Sistema Especial dentro del Régimen General por el Real Decreto 1620/2011, de 14 de diciembre. ¿Qué consecuencias tiene esta inclusión?:
1. Afecta a todas las personas que reciben una remuneración por hacer tareas domésticas y sean cuáles sean el número de horas trabajadas.
2. Se formalizará un contrato por escrito ya sea de duración indefinida o determinada.
3. El empleador procederá como si fuera empresario que ha contratado un trabajador y por lo tanto está obligado a darle de alta en el Régimen General de la Seguridad Social.
4. El salario deberá ser como mínimo igual al SMI, en proporcion a la jornada pactada.
5. Empleador y empleado están obligados a cotizar, siendo el empleador el obligado a realizar el ingreso de la cuota de cotización correspondiente.
Ante estas obligaciones CYGNUS Asesoría Integral le ofrece los siguientes servicios:
- Inscripción del hogar en la seguridad social.
- Alta del trabajador en la seguridad social.
- Redacción del contrato y su legalización.
- Confección y envío de nómina mensual, incluyendo las variaciones que procedan.
- Comunicación a la Seguridad Social de cualquier variación producida en la situación del empleado de hogar.
- Comunicación al INSS de bajas, altas, confirmaciones de partes por cenfermedad común y/o profesional.
- Cálculo de cotización mensual.
- Cálculo de los finiquitos y confección de los documentos de liquidación.
- Confección y envío de certificado anual de retenciones e ingresos a cuenta para el empleado de hogar.
- Información puntual al empleador de cualquier novedad que afecte a este Sistema Especial.
Estamos en:
Ronda de Poniente, 15, Pl. 1ª, Of. 8
28760 - Tres Cantos (Madrid)
629.081.776 // 636.730.871
Horario:
9:30 h. - 14:30 h.
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